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ARTICULO 1293.- Responsabilidad por el equipaje. Las disposiciones relativas a la responsabilidad del transportista de cosas por la pérdida o deterioro de las cosas transportadas, se aplican a la pérdida o deterioro del equipaje que el pasajero lleva consigo, con la salvedad de lo previsto en el artículo 1294.
Introduccion COMENTADA al Art. 1293 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 1293 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 1290 ] [ Art. 1291 ] [ Art. 1292 ] 1293 [ Art. 1294 ] [ Art. 1295 ] [ Art. 1296 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1293 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
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CAPITULO 7
- Transporte
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SECCION 2ª
- Transporte de personas
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También puedes ver: Art.1293 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela