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ARTICULO 1163.-Pacto de retroventa Pacto de retroventa es aquel por el cual el vendedor se reserva el derecho de recuperar la cosa vendida y entregada al comprador contra restitución del precio, con el exceso o disminución convenidos. El contrato sujeto a este pacto se rige por las reglas de la compraventa sometida a condición resolutoria.
Introduccion COMENTADA al Art. 1163 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 1163 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 1160 ] [ Art. 1161 ] [ Art. 1162 ] 1163 [ Art. 1164 ] [ Art. 1165 ] [ Art. 1166 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1163 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 1
- Compraventa
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SECCION 7ª
- Algunas cláusulas que pueden ser agregadas al contrato de compraventa
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También puedes ver: Art.1163 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion