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- DECRETO NACIONAL 184/2022
- BUENOS AIRES, 17 de Abril de 2022
- Boletín Oficial, 18 de Abril de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 6º del Decreto Nº 717 del 18 de octubre de 2021 por el siguiente:.
"ARTÍCULO 6°.- Los Precios del Bioetanol a base de caña de azúcar y de maíz serán los fijados por la Resolución N° 852 del 3 de septiembre de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias y complementarias, los que serán actualizados conforme y proporcionalmente a la variación del precio de las naftas en surtidor, de conformidad con la metodología descripta en dicha norma.
Mientras se aplique la metodología establecida en el párrafo anterior se considerará que no se materializa el supuesto previsto en el inciso b) del artículo 12 de la Ley N° 27.640. Facúltase a la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA para que establezca un mecanismo alternativo para la determinación del precio del bioetanol a base de maíz, de aplicación excepcional en los casos en que se verifiquen desfasajes sustanciales entre el precio resultante de la implementación del procedimiento establecido en el artículo 4° de la Resolución Nº 852/21 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y los costos de elaboración del referido bioetanol a base de maíz".
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto comenzará a regir a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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