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- DECRETO NACIONAL 851/2021
- BUENOS AIRES, 14 de Diciembre de 2021
- Boletín Oficial, 15 de Diciembre de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Fíjanse, a partir del 1° de enero de 2022, las alícuotas del Derecho de Exportación (D.E.), que en cada caso se indica, para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en la Planilla que, como Anexo (IF-2021-114585697-APN-DNDRYS#MDP), forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Mantiénese vigente lo dispuesto por el Decreto N° 302/21 para las posiciones arancelarias comprendidas en el citado Anexo, según corresponda.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO
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