Decreto 145/20


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    DECRETO NACIONAL 145/2020
    BUENOS AIRES, 13 de Febrero de 2020
    Boletín Oficial, 17 de Febrero de 2020
    Vigente, de alcance general
    decreto de necesidad y urgencia, Agencia de Administración de Bienes del Estado, Derecho administrativoDerogación del Inc. 23 del Artículo 8° del Decreto N° 1382 del 9 de agosto de 2012, de Creación de la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

    ARTÍCULO 1°.- Derógase el inciso 23 del artículo 8° del Decreto N° 1382 del 9 de agosto de 2012, incorporado por el artículo 5° del Decreto N° 740/19.

    ARTÍCULO 2°.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

    ARTÍCULO 3°.- Dése cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

    ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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