La Procuración General dictamina que la Corte Suprema es competente en el reclamo del GCBA por la coparticipación


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    Emitida el 25 de Septiembre de 2020
    Dictamina que la Corte Suprema es competente en la acción de amparo promovida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contra el Estado Nacional con el objeto de que se declare la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 735/2020, que determinó un porcentaje de recorte de la coparticipación de CABA para ser transferido al Fondo de Fortalecimiento Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. Refiere que, de conformidad con lo establecido por la CSJN en el precedente “Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires c/ Córdoba, Provincia de s/ ejecución fiscal”, del 4 de abril de 2019, la Ciudad de Buenos Aires tiene el mismo puesto que las provincias en el sistema normativo que rige la jurisdicción de los tribunales federales y, por lo tanto, el mismo derecho a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (arts. 116, 117 y 129 de la Constitución Nacional; art. 1, inc. 1, de la Ley 48; y art. 24, inc. 1, del Decreto-ley 1285/58, ratificado por ley 14.467). En consecuencia, dado que se trata de un caso en el cual el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires demanda al Estado Nacional, que tiene derecho al fuero federal según lo dispuesto en el art. 116 C.N., entiende que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción ante el Máximo Tribunal.

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