Decreto 330/20


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    DECRETO NACIONAL 330/2020
    CAPITAL FEDERAL, 1 de Abril de 2020
    Boletín Oficial, 1 de Abril de 2020
    Vigente, de alcance general
    repatriación de capitales, moneda extranjera, impuestos, emergencia pública, Derecho tributario y aduanero, Economía y finanzas, Bienestar socialSe prorroga la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2019 hasta el 30 de abril de 2020 inclusive establecida en el Decreto 99/2019

    ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2019, a los fines de lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Decreto N° 99/19.

    ARTÍCULO 2°.- Incorpórase como cuarto párrafo del artículo 11 del Decreto N° 99/19 el siguiente:

    "El beneficio previsto en este artículo resultará procedente cuando los fondos y los resultados, derivados de las inversiones mencionadas en el segundo párrafo -obtenidos antes del 31 de diciembre, inclusive, del año calendario en que se hubiera verificado la repatriación- se afectaran a cualquiera de los destinos mencionados en este y en las condiciones allí establecidas, incluso, de manera indistinta y sucesiva a cualquiera de ellos".

    ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del 31 de marzo de 2020.

    ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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