Dos agentes penitenciarios fueron condenados por difundir fotos íntimas de una compañera de trabajo


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    Responsabilizaron a dos agentes del servicio penitenciario por la difusión no consentida de fotografías íntimas de una colega de trabajo en un grupo de WhatsApp. Las mencionadas imágenes fueron editadas con stickers y compartidas masivamente hasta llegar a conocimiento de la familia y amigos de la damnificada. Puntualizaron que la creciente circulación de imágenes íntimas, particularmente aquellas de contenido íntimo, sin consentimiento, a través de medios digitales, configura una de las formas más graves y extendidas de violencia contra la privacidad en la era digital. Agregaron que la conducta desarrollada por los demandados importó vulnerar el derecho a la imagen de la actora, como así también su derecho a la intimidad y al honor, al difundir imágenes intimas en el marco del grupo de mensajería, con la ostensible intención de que sean vistas por sujetos que compartían el mismo ámbito laboral, con la indudable intención de mofarse o burlarse de la víctima, con claros ánimos de ridiculización y/o menoscabo moral.

    SENTENCIA
    JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 54
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    10 de Septiembre de 2025
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    Carátula: F. N. R. M. c/ N. L. A. y otro s/ daños y perjuicios

    Fuente de Información





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