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- DECRETO NACIONAL 341/2025
- BUENOS AIRES, 20 de Mayo de 2025
- Boletín Oficial, 21 de Mayo de 2025
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 10° de la Ley N° 26.075, el cual quedará redactado de la siguiente manera:.
"ARTÍCULO 10°.- El CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y las entidades gremiales docentes con representación nacional acordarán un convenio marco que incluirá pautas generales referidas a:.
a) condiciones laborales, b) calendario educativo, c) salario mínimo docente y d) carrera docente.
La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO podrá refrendar el Convenio, o requerir que se realice una nueva propuesta cuando por razones presupuestarias no fuera posible su implementación en el marco del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente".
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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