La Corte porteña suspendió el depósito previsto para la queja


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    Acordada 8/25
    Nro.: 8
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires
    TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
    CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Emitida el 19 de Marzo de 2025
    acordadas , competencia del Superior Tribunal de Justicia , TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES , BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES , recurso extraordinario , queja por denegación del recurso extraordinario , recurso de inconstitucionalidad , cámara nacional de apelaciones Por el término de tres meses, atendiendo a lo sentenciado por la Corte Suprema en Ferrari c/ Levinas (Fallos: 347:2286 ) y considerando las quejas deducidas ante el Superior Tribunal a raíz de las respuestas de las Cámaras Nacionales en los recursos de inconstitucionalidad articulados contra sus decisiones suspendieron la exigencia del depósito previsto en la Ley 402 incluyendo las que se encuentren en trámite.

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