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- DECRETO NACIONAL 639/2024
- BUENOS AIRES, 18 de Julio de 2024
- Boletín Oficial, 19 de Julio de 2024
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la REGLAMENTACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE AERONAVES, establecido en la Ley Nº 17.285 y sus modificatorias (CÓDIGO AERONÁUTICO), que como ANEXO (IF-2024-75188701-APN- SSTA#MEC) forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- La SECRETARÍA DE TRANSPORTE será la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 17.285 y sus modificatorias (CÓDIGO AERONÁUTICO) y de la reglamentación que se aprueba por el presente decreto y quedará facultada para dictar las normas complementarias y aclaratorias que fueren menester para su efectiva implementación.
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto entrará en vigencia a los SESENTA (60) días de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Instrúyese a la Autoridad de Aplicación a llevar a cabo las actualizaciones y armonizaciones normativas que resulten necesarias para la implementación del presente decreto, con anterioridad al cumplimiento del plazo indicado en el artículo 3° del presente.
ARTÍCULO 5°.- Derógase el Decreto N° 4907/73, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
REGLAMENTACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE AERONAVES
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