Modificaron la Estructura Orgánica del Ministerio de Justicia


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    DECRETO NACIONAL 643/2024
    BUENOS AIRES, 18 de Julio de 2024
    Boletín Oficial, 19 de Julio de 2024
    Vigente, de alcance general
    Administración Pública Nacional, estructura orgánica, modificación de la estructura orgánica, MINISTERIO DE JUSTICIA

    ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA, por el siguiente: .

    "XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA.

    - UNIDAD GABINETE DE ASESORES.

    - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

    SECRETARÍA DE JUSTICIA.

    - SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL.

    - SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA.

    - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES.

    SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS.

    - SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS.

    - SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS".

    ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA, por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-73540094-APN-MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 3°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

    ARTÍCULO 4º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en la Jurisdicción de origen.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°.

    (ANEXO II)

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