Decreto 193/24


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    DECRETO NACIONAL 193/2024
    CAPITAL FEDERAL, 23 de Febrero de 2024
    Boletín Oficial, 26 de Febrero de 2024
    Vigente, de alcance general
    Contabilidad pública, fondo de integración socio urbana, impuesto PAIS

    ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 184 del 26 de febrero de 2020 por el siguiente:

    "ARTÍCULO 2°.- La asignación específica del TREINTA POR CIENTO (30 %) establecida en el inciso b) del artículo 42 de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones será distribuida de la siguiente manera:

    a. Al FONDO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (FISU), creado por el Decreto N° 819 del 5 de diciembre de 2019 en el marco de la Ley N° 27.453 de Régimen de Regulación Dominial para la Integración Socio Urbana y sus modificatorias, para el financiamiento de obras de vivienda social: el UNO POR CIENTO (1 %).

    b. A obras de infraestructura económica: el NOVENTA Y CUATRO POR CIENTO (94 %).

    c. Al fomento del turismo nacional: el CINCO POR CIENTO (5 %)".

    ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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