Decreto 558/23


    Volver al boletín
    DECRETO NACIONAL 558/2023
    BUENOS AIRES, 28 de Octubre de 2023
    Boletín Oficial, 2 de Noviembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    Por Decreto de Necesidad y Urgencia se prorroga por dos años el plazo para solicitar la Prestación Anticipada

    ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por DOS (2) años el plazo establecido por el artículo 4° del Decreto N° 674 de fecha 29 de septiembre de 2021, a partir de su vencimiento, para solicitar la "Prestación Anticipada" instituida por dicha norma.

    ARTÍCULO 2°.- Para acceder a la "Prestación Anticipada", la situación de desempleo a la que refiere el artículo 2°, inciso c) del Decreto N° 674/21 deberá acreditarse al día 30 de junio de 2023.

    ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado actuante en el ámbito del citado Ministerio, en el marco de sus respectivas competencias, a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente decreto.

    ARTÍCULO 4°.- La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS procederá a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las disposiciones que se establecen por la presente medida.

    ARTÍCULO 5°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 6°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

    ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    Más Decretos Nacionales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...