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- DECRETO NACIONAL 506/2023
- BUENOS AIRES, 3 de Octubre de 2023
- Boletín Oficial, 4 de Octubre de 2023
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Suspéndense, hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en la Planilla que, como ANEXO (IF-2023-115976867-APN-SSGYPA#MEC), forma parte integrante del presente decreto, las alícuotas del Derecho de Exportación (D.E.) hoy vigentes, resultando de aplicación, desde la entrada en vigencia del presente decreto y hasta aquella fecha, inclusive, la alícuota del CERO POR CIENTO (0 %).
ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3º.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO
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