Decreto 10/23


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    DECRETO NACIONAL 10/2023
    BUENOS AIRES, 6 de Enero de 2023
    Boletín Oficial, 9 de Enero de 2023
    Vigente, de alcance general
    Se aprueba el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse con el Banco Interamericano de Desarrollo destinado a financiar el Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0

    ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MILLONES (USD 80.000.000), destinado a financiar el "Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0" que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SEIS (6) Capítulos, de las Normas Generales integradas por DOCE (12) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I (IF-2022-120776192-APN-SSRFID#MEC) forma parte integrante de esta medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como ANEXO II (IF-2022-120776551-APN-SSRFID#MEC) las "Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo" y como ANEXO III (IF-2022-120777431-APN-SSRFID#MEC) las "Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo", ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2019.

    ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto.

    ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

    ARTÍCULO 4°.- Desígnase como "Organismo Ejecutor" del "Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0" al MINISTERIO DE ECONOMÍA, el cual actuará a través de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA que estará a cargo de la coordinación general del Programa y de la ejecución técnica del mismo y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO, que estará a cargo, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la gestión administrativa, financiera, contable, presupuestaria y de las adquisiciones del Programa, o de las dependencias que en el futuro las reemplacen con las mismas competencias y atribuciones legales. Adicionalmente, el Organismo Ejecutor, con la asistencia de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO, llevará a cabo la evaluación estratégica del Programa; y quedarán todas las mencionadas dependencias facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    ANEXO I

    ANEXO II

    ANEXO III

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