Decreto 494/20


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    DECRETO NACIONAL 494/2020
    CAPITAL FEDERAL, 24 de Mayo de 2020
    Boletín Oficial, 25 de Mayo de 2020
    Vigente, de alcance general
    ley de procedimientos administrativos, procedimiento administrativo, plazos administrativos, suspensión del plazo, Derecho administrativo, Derecho civilProrrógase la suspensión de los plazos dentro de los procedimientos administrativos

    ARTÍCULO 1°.- Prorrógase la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus complementarios, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales, desde el 25 de mayo hasta el 7 de junio de 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

    ARTÍCULO 2°.- Exceptúase de la suspensión establecida por el artículo 1° a todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias.

    ARTÍCULO 3°.- Facúltase a las jurisdicciones, entidades y organismos contemplados en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias a disponer excepciones, en el ámbito de sus competencias, a la suspensión prevista en el artículo 1° del presente decreto

    ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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