- Volver al boletín
- SENTENCIA
- 20 de Septiembre de 2022
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Rosatti - Rosenkrantz - Maqueda - Lorenzetti
Es competente el Juzgado Federal en lo Criminal Correccional N° 2 de Morón para entender en la demanda entablada con el fin de denunciar la violación del debido proceso ambiental en relación a las obras comprendidas en el Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo, pues la pretensión del actor versa sobre la violación del debido proceso ambiental en relación con las obras de los emisarios Berazategui y Dock Sud, las cuales están siendo ejecutadas dentro del Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo, en el marco del cumplimiento de los objetivos fijados en la causa "Mendoza" (Fallos: 330:3663 ) y no se vislumbra hecho alguno que constituya delito en los términos del Código Penal, título XXIII. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-Fuente del sumario: OFICIAL
Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF
Carátula: De Amorrortu, Francisco Javier c/ AySA S.A. y otro s /proceso de conocimiento
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual