- El que se cuenca sin interrupción, de momento a momento, incluidas las fiestas; y lo mismo contra el favorecido que contra el perjudicado, haya conocimiento o ignorancia del caso. En la prescripción, adquisitiva o extintiva, los plazos se cuentan por lo común de modo continuo, salvo legítima interrupción. Por el contrario, para las actuaciones procesales de duración inferior a un mes, se está al tiempo hábil (v.e.v.).
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda