Definición de SUMARÍSIMO


    Superlativo de sumario: abreviadísimo, por los trámites más acelerados. La urgencia o sencillez de las causas,su gravedad o flagrancia determina en el enjuiciamiento criminal la formación y trámite del juicio sumarísimo (v.e.v.), muy peculiar de la jurisdicción castrense.
    En los juicios de esta clase, los trámites se abrevian a tal punto, que a veces se substancian en sólo unas horas la instrucción, la vista, la sentencia y la ejecución.
    Al hablar de juicio sumarísimo surge en el acto, por asociación de ideas, el piquete de ejecución; sin embargo, no constituye mera formalidad para imponer la pena de muerte, sino forma rápida de juzgar; y el fallo puede ser igualmente absolutorio. Sólo en este supuesto y en el más contrario, la condena a muerte, la ejecución de la sentencia es inmediata; pues las penas de privación de libertad, e incluso las multas, no resultan aplicables de manera inmediata.
    Sin entrar en su licitud, ni en su naturaleza jurídica ahora, ha de recordarse que el límite del juicio sumarísimo (y quizás no sea juicio, porque no existe controversia) reside en la facultad de los oficiales del ejército para dar muerte en el mismo eflm- po de batalla y en el acto que se inicia una desbandada al que sea responsable de la desmoralización de las tropas con alguna cobardía o traición. Constituye un recurso supremo de la disciplina, para restablecer de modo fulminante la moral de lo9 combatientes, que deben optar entre la muerte segura y sin honor,. o luchar con dignidad y probabilidades de sobrevivir.


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