- En caso de hallazgo sin que se presente persona que justifique el dominio, la cosa hallada se vende por medio de remate o subasta. El importe se destina a cubrir gastos y al premio del hallador, luego de lo cual el remanente corresponde a la municipalidad donde se halló el objeto (art. 2.535 del Cód. Civ. arg.).
Una vez consignado el precio de venta a la orden del juez, la hipoteca se extingue, aun no cancelada en el Registro, respecto deLque adquiera la finca en remate público ordenado judicialmente con citación de los acreedores (art. 3.196).
No cumplida la obligación pignoraticia en tiempo y forma, el acreedor puede pedir la venta de la garantía en remate público, al cual puede concurrir como postor el mismo acreedor (art. 3.224).
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda