- La del que ejerce el poder de hecho efectivo en el momento presente o en el de surgir un conflicto. ] Para Escriche, la que va acompañada del goce real y efectivo de un fundo con percepción de frutos. Llámase actual por contraposición a la imaginaría o artificiosa.
De surgir contienda acerca del hecho de la posesión, se prefiere en principio al poseedor actual (art. 445 del Cód. Civ. esp.). Si éste demuestra su posesión en época anterior, se presume, salvo prueba en contrario, que ha poseído también durante el tiempo intermedio (art. 459). En la computación del tiempo necesario para prescribir, el poseedor actual puede completar su tiempo uniendo al suyo el de su causante (art. 1.960).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual