- Acto de despojo, o tentativa del mismo, contra el propietario, el legítimo poseedor tan sólo o el simple tenedor, éste con respecto a un extraño; y que permite la adecuada defensa procesal a través del interdicto de retener o de recobrar la posesión (v.e.v.).
Cuando el comprador tema ser perturbado en la" posesión o dominio de la cosa adquirida, puede suspender el pago del precio basta que el vendedor haya hecho cesar la perturbación o el peligro, salvo pacto en- contrario o afianzar la devolución del precio (art. 1.502 del Cód. Civ. esp.). (v. ACCIÓN DE MANUTENCIÓN EN LA POSESIÓN, DESPOJO, PERTURBACIÓN DE HECHO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual