- En general permite entablar la consiguiente demanda -o querella. En concreto, el usufructuario está obligado a poner en conocimiento del propietario cualquier acto de tercero capaz de lesionar sus derechos de propiedad; en otro caso responde de los daños y perjuicios de su omisión culpable, y más aún si se asocia a la perturbación (art. 511 del Cód. Civ. esp.).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual