Definición de MUTUO CIVIL


    El contrato real de mutuo , de préstamo simple o de empréstito de consumo (como quiera denominarse) se rige, en principio, por las reglas del Derecho Común, por las de los códigos civiles, expuestas en la voz MUTUO,, salvo la excepción de ser mutuo mercantil (v.e.v.), que por especial determina su singularidad. El mutuo civil, aunque quepa pactar intereses, suele ser gratuito, (v.
    MUTUO GRATUITO y ONEROSO.)

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