- La que organiza el régimen de los municipios o ayuntamientos con mayor o menor autonomía .local. Por lo general, cuando se discuten las Constituciones, todos los constituyentes, por popularidad, se sienten partidarios de la autonomía municipal; pero, apenas tropiezan los gobiernos con los pequeños obstáculos que las autoridades locales son maestras en crear, se añoran las intervenciones (si no están permitidas) o se recurre a ellas (si se permiten "por excepción"), para adueñarse de los municipios el poder central.
En la Constitución esp. de 1931, la orientación era muy favorable a las corporaciones básicas del Estado: se reconocía su autonomía en la materia de su competencia, el derecho a elegir los ayuntamientos por sufragio universal, igual, directo y secreto, salvo funcionar en régimen de Concejo abierto; y la designación de los alcaldes se reservaba a la elección directa del pueblo o del ayuntamiento.
En la Constitución Argentina de 1853, en el título dedicado al Gobierno de- las Provincias, se declara que éstas se dan sus propias instituciones locales y se rigen por ellas; eligen sus gobernadores, sus legisladores y demás funcionarios de provincia, sin intervención del Gobierno Federal?
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual