Definición de "JUS IN RE PROPRIA"


    Locución latina. Derecho sobre la cosa propia, como las facultades dominicales sobre el bien que integra la propiedad. La imposibilidad jurídica de tener derechos ajenos o independientes sobre lo propio se manifestaba pálidamente en la extinción de las servidumbres y del usufructo por reunirse en una misma persona la propiedad de los predios dominante y sirviente o la condición de usufructuario y nudo propietario.


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