Definición de "JUS IN RE ALIENA"


    Locución latina. Derecho sobre cosa ajena. Derecho real, garantizado con acción de igual índole, que recae sobre algo ajeno, como el usufructo o las servidumbres; pero que sólo confiere al titular parte de los poderes que al propietario corresponden sobre la cosa propia, (v. "Jus IN RE PROPRIA".)

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