Definición de JURAMENTO SUPLETORIO


    Supletorio se emplea aquí como complementario de la prueba, denominándose asi el juramento que el juez defiere de oficio o manda hacer a una de las partes para completar la prueba.
    Entre las facultades que para mejor proveer tienen los jueces, la Ley de Enj. Civ. esp. menciona la de exigir confesión judicial a cualquiera de los litigantes sobre hechos que estimen de influencia en el pleito y no resulten probados (art. 340, nv 29),

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