- Organimo laboral creado en España en 1931, como evolución de los tribunales industriales, instituidos por Ley de 1912, y de los comités paritarios, surgidos en 1926, al crear la organización corporativa nacional. Con triple función judicial, inspectora y normativa o legislativa, los jurados mixtos subsistieron hasta la guerra terminada en 1939, desde la cual funcionan en su lugar las magistraturas del trabajo.
En los jurados mixtos, denominados así por la composición igualitaria )en número fie representantes) de trabajadores y de patronos, presididos por un funcionario de designación gubernamental (de no coincidir las partes en su nombramiento), el procedimiento era verbal y sumario; el acto de conciliación, obligatorio; y en la misma audiencia las partes proponían y diligenciaban las pruebas y alegaban sobre los hechos objeto de la acción. Como tribunal de alzada cabía recurrir de los fallos de los jurados mixtos ante el Ministerio de Trabajo, (v. COMITÉ PARITARIO.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda