- El Cód. Pen. establece como causas de extinción de ta responsabilidad penal estos casos: 19 Por la muerte del reo. 29 Por amnistía, la cuál extingue por completo la pena y todos sus efectos. 39 Por el cumplimiento de la condena. 49 Por indulto. 59 Por el perdón del ofendido, cuando la pena se haya impuesto por delitos que no puedan dar lugar a procedimiento de oficio. 69 Por la prescripción del delito. 79 Por la prescripción de la pena (art. 112). (v. EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL; PRESCRIPCIÓN DE LA PENA y DEL DELITO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual