- Goza de la misma inviolabilidad que el de los españoles en el territorio de este país, según el art. 31 de la Const. esp. de 1931. El art. 70 de la Ley de Enj. Civ. aplica las reglas de domicilio y competencia fijadas para los españoles a los extranjeros que acudan a los juzgados de España promoviendo actos de jurisdicción voluntaria o interviniendo en los de la contenciosa como demandantes o demandados y contra españoles o extranjeros.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual