- La prelación crediticia, que el Cód. Civ. arg. denomina privilegio, se divide 9egún la naturaleza de los bienes: así, hay privilegios sobre muebles e inmuebles, sólo sobre muebles y sólo sobre inmuebles. Los privilegios mobiliarios son generales o particulares; los inmobiliarios son particulares, en el sentido de que so ejercen de modo exclusivo sobre inmuebles determinados. Sin embargo, hay privilegios inmobiliarios generales por los gastos de justicia, en interés común do los acreedores, por la administración del concurso, y a favor del fisco, por razón de impuestos (arts. 3.878 y 3.879).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual