Definición de DERECHO ESTRICTO


    Aquel cuya expresión está tomada legalmente en su rigor, sin extensión alguna. No puede ser modificado por convenciones particulares. Las restricciones, los preceptos absolutos de orden público corresponden al Derecho estricto, donde no se admite interpretación extensiva o analógica: ha de juzgarse según el sentido literal, no el liberal, de la ley. (59, 2296, 2.471, 4.100, 5.511.)

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