- El que requiere para su configuración legal la pluralidad de actos; como el ejercicio ilegal de la medicina, no punible por ejecutar una sola intervención abusiva, ya que se exige la habitualidad. (v. art. 208, n9 19, del Cód. Pen. arg.) En igual caso se encuentra el proxenetismo en relación con los menores, castigado en el Cód. Pen. esp. cuando "habitualmentt" se promueva, favorezca o facilite la prostitución o corrupción (art. 438, n9 19).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual