- En general, intermediario; quienquiera que intervenga en ajustes o convenios, y de modo más concreto en compras y en ventas mercantiles.
Es un agente auxiliar de comercio, cuya función es mediar entre los comerciantes facilitando sus contratos. El Cód. de Com. esp. los clasifica en tres grupos, denominando a unos agentes de cambio y bolsa; a otros, corredores de comercio; y a los terceros, corredores intérpretes de buques.
Así resulta de los términos de cu art. 88, donde se les denomina "agentes mediadores de comercio". En el art. 87 del Cód. de Com. arg. constituyen la primera de las categorías de los "agentes auxiliares de comercio".
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual