- La mención de ley, doctrina, autoridad u otro cualquier instrumento alegados para probar lo dicho o referido. También, la manifestación que en la sumaria de una causa criminal hacen los testigos, o el reo, de algunas personas que se hallaron presentes en el hecho que se trata de esclarecer o que pueden tener conocimiento de algo conducente a su averiguación.
El art. 396 de la Ley de Enj. Crim. esp. dispone que se permitirá al procesado manifestar cuanto tenga por conveniente para su exculpación o para la explicación de los hechos; y se procederá con urgencia a la evacuación de las citas que hiciese. (v. CASA y LEY DE CITAS.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales