Definición de APREMIO


    Acción y efecto de apremiar. Mandamiento del juez, en fuerza del cual se compele a uno a que haga o cumpla alguna cosa. Recargo contributivo, por demora en pagar los impuestos. ! Auto o mandamiento judicial para que una de las partes devuelva sin dilación los autos. Tormentos menores para arrancar la confesión* como los grillos, la cadena al pie del reo, esposas a brazos vueltos y la prensa aplicada a los pulgares. En España tal apremio fué prohibido por diversas disposiciones.
    Además, nombre de diversos procedimientos ejecutivos, para cobrar lo adeudado al fisco o a los particulares. El apremio puede ser judicial, gubernativo y administrativo. En el apremio administrativo se incluye el procedimiento para la cobranza de contribuciones. El gubernativo se refiere a la exacción de las multas por infracción de ordenanzas y reglamentos. El judicial consiste en la venta de los bienes embargados durante el juicio ejecutivo, para, con su importe, hacer el pago del principal y costas, con dcYoluciún del cobrante» cuando lo hubiere« al embargado. El apremio sólo procede una vez firme la sentencia de remate, (v. los arts. 503 al 522 del Cód. de Proc. de la cap. arg. y arts. 1.480 a 1.531 de la Ley de Enj. Civ. esp.; en cnanto a asuntos comerciales, los arts. 1.544 a 1.500 de la referida ley; y, además, COMISIONADO DE APREMIO, JUICIO EJECUTIVO. PROCEDIMIENTO DE APREMIO, REMATE, TESTIGO DE APREMIO.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...