Definición de AGENTE DE ADUANAS


    El que en nombre de otros gestiona el despacho de géneros y mercaderías en las aduanas.
    Constituye un intermediario entre un particular o una compañía y la Administración pública. Con su experiencia y conocimientos simplifica los trámites y ahorra inconvenientes a su clientela. Tiene la consideración de funcionario público, y depende del Director General de Aduanas. Estos agentes son responsables subsidiariamente de las faltas o multas que debido a contrabando o defraudación se impongan por géneros en cuyo ilegal despacho hayan inter venido.
    Para el desempeño del cargo se exige, dentro de la legislación española, la nacionalidad, la colegiación y la fianza. Pueden ser agentes las personas físicas y las empresas representadas por un gerente, responsable subsidiario, con sus bienes, de las defraudaciones contra la Hacienda. Tanto el haber cometido delitos en el manejo de fondos, como por defraudaciones y contra la propiedad, incapacita para i«l desempeño del cargo.
    Además de a la jurisdicción ordinaria, por las posibles infracciones penales, están sujetos estos agen tes a la potestad disciplinaria de los administradores de aduanas, que pueden apercibirlos, imponerles multas, y también proceder a inhabilitarlos para el desempeño de sus funciones, previa formación de expediente.
    Están obligados a llevar, por razón de la fe en los negocios en que intervienen, un Copiador de la correspondencia postal y telegráfica, y otro Copiador de facturas y cuentas de los asuntos con sus comitentes, autorizados por la Administración, y que ésta puede fiscalizar cuando lo juzgue oportuno, (v. ADUANA.)

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