- Declaración de que algo concreto pertenece a una persona. La entrega o aplicación que, en herencias y particiones, o en públicas subastas, suele hacerse de una cosa mueble o inmueble, de viva voz o por escrito, a favor^ de alguno, con autoridad de juez.
La adjudicación es un modo de adquirir la propiedad. Puede ser en pago, cuando a favor de un acreedor se aplican judicialmente bienes muebles o inmuebles de su deudor, para cubrir el importe del -crédito. Puede tratarse también de cosas halladas (art. 351 y 352 del Cód. Civ. esp., y art. 2.556 y ss. del Cód. Civ. arg.); o efectuarse en subastas o remates públicos, en subastas o remates extrajudiciales y administrativos, (v. MODOS DE ADQUIRIR.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual