- Acción de depósito. Ampara al depositante para lograr la restitución de la cosa depositada, reteñid» de mala fe por el depositario. Primitivamente fué una acción pretoria in factum; convertida en civil, in jus, incierta y de buena fe, al transformarse la convención de depósito en contrato sinalagmático imperfecto. En la época justinianea, se distinguía entre la acción directa y contraria respectiva, (v. las voces siguientes.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda