Industrial y, en consecuencia, declarar la invalidez del artículo 3° de la resolución 1734/2012 de la Administración Tributaria Provincial y de la pretensión de la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio de la Provincia del Chaco plasmada en la nota 1083 /2012, del 10 de octubre de 2012, dictada en el expediente administrativo 124-0921/06 "E", en los términos que surgen de este pronunciamiento. Con costas (artículo 68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese, comuníquese a la Procuración General de la Nación y, oportunamente, archívese.
Horacio RosATTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — JUAN CARLOS
MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.
Parte actora: Cargill Sociedad Anónima Comercial e Industrial.
Parte demandada: Provincia del Chaco.
Profesionales intervinientes: doctores Héctor A. Mairal, Enrique V. Veramendi, Mariela G. Viarenghi, Ricardo A. Ostrower, Horacio Daniel García Pietro, María Laura Roude, Luis Santiago Soria, Mariana Inés Almirón, José Miguel Braceras y Julia Elena Duarte Articona.
PEREIRA, GABRIEL c/ BANCO MACRO S.A. y OTro/A s/ AMPARO
DEPOSITO PREVIO
Es posible acceder a la suprema instancia provincial sin efectuar el depósito correspondiente cuando se encuentre en trámite el pedido de concesión del beneficio de litigar sin gastos.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires 20 de agosto de 2024.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Pereira, Gabriel c/ Banco Macro S.A. y otro/a s/ amparo", para decidir sobre su procedencia.
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:969
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