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Fallos: 330:4513 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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el demandante con el pleito a fin de poder ejercer los derechos derivados de su calidad de heredero forzoso (Disidencia de los Dres. Carlos S. Fayt y Juan Carlos Maqueda).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

Contra la sentencia dela Sala F, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (fs. 1607/1617) que confirmóla de la instancia anterior que había resuelto rechazar la demanda; el actor dedujo recurso extraordinario federal el que fue desestimado (fs. 1621/1645, 1674), dando lugar ala presente queja (fs. 1/26 del cuaderno de recurso de hecho).

— II En loque aquí resulta pertinente, corresponde resaltar que el actor promovió demanda de nulidad del contrato de cesión de herencia por considerarlo lesivo en los términos del artículo 954 segundo párrafo del Código Civil, contra sus medio-hermanas Angelina Teresa Vogelius y Ana María Vogeliusde Falus, y María Julia Aualle (fs. 5/33).

El Tribunal a quosi bien reconoció en la sentencia recurrida que "[d]ela prueba existente parece ser claro que Federico Manuel Vogelius el causante] fue titular de una fortuna económica significativa que canalizó siempre, o casi siempre, a través de sociedades que sirvieron de pantalla a sus inversiones y adquisiciones que manejaba... hasta poco antes de su fallecimiento" (fs. 1608 y vta.), sostuvo queresultaba insoslayable para dar sustento a la eventual anulación del contrato, la acumulación de otras acciones que se correlacionan, que no son escindibles y que permiten recomponer el acervo sucesorio, señalando la de inoponibilidad de la personalidad jurídica, simulación, colación, nulidad por vicios de la voluntad, las que —aclara— no fueron articuladas (fs. 1615). Agregó que tales pr etensiones acumuladas, exigían integrar la litis con los participantes de los actos impugnados (fs. 1616 vta.).

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4513 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-4513

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