RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.
En la tarea de esclarecer la inteligencia de las normas federales, la Corte no se encuentra limitada por las posiciones del a quo ni de las partes, sino que le incumbe realizar una dedaratoria sobre el punto disputado.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
ACCIDENTES DEL TRABAJO.
La recurrente apoya su impugnación en una afirmación errónea si sostiene que se la habría condenado a pagar en dólares, cuando la decisión tiene por fundamento precisamente que la obligación está indicada en pesos y que lo que estaría expresado en dólares sería el tope a la indemnización por incapacidad laboral derivado del sistema tarifado de la Ley de Accidentes de Trabajo (24.028).
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
ACCIDENTES DEL TRABAJO.
Corresponde confirmar la sentencia si la impugnante no realiza una crítica concreta y razonada porque no se hace car go de que la pauta en la moneda extranjera es sólo una referencia para marcar el límite reparatorio pero nunca la obligación original que está expresada en pesos.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
El recurso extraordinario contra la sentencia que admitió el reclamo por incapacidad absoluta es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de la Dra. Carmen M. Argibay).
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—|-
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo fs. 341/343 de los autos principales que se citarán en lo sucesivo) confirmóla sentencia de primera instancia (v. fs. 311/315) que admitió el reclamo de indemnización por incapacidad absoluta con fundamento
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2602
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