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Fallos: 328:4423 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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JORGE RAFAEL VIDELA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

El recurso extraordinario deducido contra la sentencia que rechazó el planteo de la defensa respecto de la extinción de la acción penal por prescripción no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Re ación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos.

Si bien el remedio feder al se concedió por entender que estaba en juego la interpretación de la Constitución Nacional y tratados internacionales de derechos humanos incorporados a ella, resultan suficientes para fundar la solución ala que ha arribado el a quo los argumentos relativos ala falta de cumplimiento del plazo de prescripción por tratarse de un delito permanente, adecuada y suficientemente sustentados en normas de der echo común, interpretadas sin incurrir en el vicio de arbitrariedad y por tanto irrevocables en los tér minos de tal doctrina Voto del Dr. Carlos S. Fayt).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

No es arbitraria la decisión que se ajusta a lo expuesto en precedentes de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto a que no había operado el plazo de prescripción en virtud del evidente carácter permanente del delito de retención de un menor de diez años (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Re ación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos.

Los agravios vinculados con la aplicación del principio de imprescriptibilidad carecen de relación directa e inmediata con la materia a decidir, en tanto la naturaleza permanente del delito es argumento bastante para resolver el rechaZo de la defensa de prescripción (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Concepto.

Para el otorgamiento del recurso extraordinario se requiere no sólo que la cuestión federal oportunamente propuesta al tribunal dela causa, se vincule de manera estrecha con la materia del pleito, sino que su esclarecimiento y solución

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4423 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-4423

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