ARTICULO 3566 del C.C. Velez Argentina


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    ARTICULO 3566 .- Los nietos y demás descendientes heredan a los ascendientes por derecho de representación, con arreglo a lo dispuesto en el tí­tulo "De las sucesiones intestadas", Capitulo I.

    CAPITULO II

    Sucesión de los ascendientes

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    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3566 con el Código Civil de Velez?

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO IV
    - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
    >>
    TITULO IX
    - Del orden en las sucesiones intestadas
    >>
    CAPITULO I
    - Sucesiones de los descendientes
    >

    SECCION PRIMERA
    - DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
    >>



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    También puedes ver: Art.3566 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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