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ARTICULO 2366 .- La violencia existe, bien sea que se ejecute por la persona o por sus agentes, o que se ejecute con su consentimiento, o que después de ejecutada, se ratifique expresa o tácitamente.
Nota:2366. POTHIER, "Posesión", núm. 26. L. 1, § 14, Dig. "De vi et de vi arm.".
Ver articulos: [ Art. 2363 ] [ Art. 2364 ] [ Art. 2365 ] 2366 [ Art. 2367 ] [ Art. 2368 ] [ Art. 2369 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2366 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO II
- De la posesión y de la tradición para adquirirla
>>
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También puedes ver: Art.2366 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion