ARTICULO 2203 Efectos de la subasta del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 2203.- Efectos de la subasta. Los derechos reales de garantí­a se extinguen por efecto de la subasta pública del bien gravado, si sus titulares fueron debidamente citados a la ejecución, sin perjuicio del derecho y preferencias que les correspondan sobre el producido para la satisfacción de sus créditos.

    Introducción

    Por efecto de la subasta pública, los derechos reales de garantí­a se extinguen. Tratase de la consecuencia de la liquidación de los créditos de los acreedores que, por imperativo legal, fueron citados al juicio en el que tuvo lugar el remate.

    Interpretacion COMENTADA al Art. 2203 (con jurisprudencia)

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    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2203 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO CUARTO
    - DERECHOS REALES
    >>
    TITULO XII
    - Derechos reales de garantí­a
    >>
    CAPITULO 1
    - Disposiciones comunes
    >


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    También puedes ver: Art.2203 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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