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ARTICULO 2105.- Reglamento de administración y uso. El reglamento de administración y uso debe contener:
a. la descripción del inmueble sobre el cual se constituye el cementerio privado, sus partes, lugares, instalaciones y servicios comunes; b. disposiciones de orden para facilitar a los titulares de los derechos de sepultura el ejercicio de sus facultades y que aseguren el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y de policía aplicables; c. fijación y forma de pago del canon por administración y mantenimiento, que puede pactarse por períodos anuales o mediante un único pago a perpetuidad; d. normativa sobre Inhumaciones, exhumaciones, cremaciones y traslados; e. pautas sobre la construcción de sepulcros; f. disposiciones sobre el destino de los restos mortales en sepulturas abandonadas; g. normas sobre acceso y circulación de titulares y visitantes; h. constitución y funcionamiento de los órganos de administración.
1. Introducción
La norma prevé una serie de recaudos que se entienden mínimos a cumplimentar por el empresario, para lograr la inscripción del Reglamento de administración y uso en el Registro de la Propiedad, que a su vez es el organismo contralor de ese instrumento.(71)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2105 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2102 ] [ Art. 2103 ] [ Art. 2104 ] 2105 [ Art. 2106 ] [ Art. 2107 ] [ Art. 2108 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2105 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO VI
- Conjuntos inmobiliarios
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CAPITULO 3
- Cementerios privados
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También puedes ver: Art.2105 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion