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ARTICULO 821.-Participación Si uno de los acreedores recibe la totalidad del crédito o de la reparación de los daños, o más que su cuota, los demás tienen derecho a que les pague el valor de lo que les corresponde conforme a la cuota de participación de cada uno de ellos, con los alcances que determina el artículo 841. Tienen igual derecho si el crédito se extingue total o parcialmente, por compensación legal.
Remisiones: ver comentario al art. 841 CCyC.
Introduccion COMENTADA al Art. 821 (con doctrina)
2. interpretación
2.1. Derecho de los coacreedores que no cobraron En el caso que la obligación sea de dar un cuerpo cierto, el pago que efectúa uno de los coacreedores tiene como consecuencia convertir a todos en condóminos del objeto. Los acreedores que quieran reclamar su parte al acreedor que recibió la prestación, tendrán que recurrir a las acciones destinadas a la cesación del estado de indivisión que, por la naturaleza de la prestación, es la venta de la cosa.
Introduccion COMENTADA al Art. 821 (con doctrina)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 818 ] [ Art. 819 ] [ Art. 820 ] 821 [ Art. 822 ] [ Art. 823 ] [ Art. 824 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 821 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO I
- Obligaciones en general
>>
CAPITULO 3
- Clases de obligaciones
>
SECCION 6ª
- Obligaciones divisibles e indivisibles
>>
Parágrafo 2°
- Obligaciones indivisibles
>>
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También puedes ver: Art.821 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda